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Arinda Brooks

Arinda Brooks

Fundador Brooks Law
Publicado el: 01/02/2026

Guía para obtener la tarjeta verde por matrimonio: I-130 e I-485 paso a paso


Cómo presentar una solicitud de tarjeta verde por matrimonio en Massachusetts

Si estás casado con un ciudadano estadounidense y vives en Medford, Massachusetts, es posible que puedas solicitar una tarjeta verde (residencia permanente) sin salir del país. El proceso se denomina «ajuste de estatus», lo que significa cambiar tu estatus migratorio de temporal a permanente sin salir de Estados Unidos. La forma en que la mayoría de las parejas casadas lo hacen es presentando dos formularios al mismo tiempo: el formulario I-130 (Solicitud para un familiar extranjero) y el formulario I-485 (Solicitud de registro de residencia permanente). La presentación conjunta de ambos formularios se denomina «presentación simultánea».

Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses se consideran familiares directos según la legislación de inmigración, lo que significa que siempre se puede obtener una tarjeta de residencia en tu categoría sin tener que esperar varios años. Esa es la buena noticia. El problema es que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), la agencia federal que tramita las solicitudes de tarjeta verde, exige el cumplimiento estricto de sus normas de presentación. Su expediente debe utilizar las versiones actuales de los formularios, incluir pagos separados para cada solicitud y contener un examen médico sellado. Un expediente que incumpla cualquiera de estos requisitos será rechazado antes incluso de que un funcionario llegue a examinar el caso.

Si te estás preparando para presentar la declaración, la fecha más importante del calendario en este momento es el 18 de septiembre de 2026. En esa fecha entrará en vigor una norma más amplia sobre la carga pública y será obligatorio utilizar la nueva edición del formulario I-485 (con fecha del 18/09/26). El USCIS publicó el 18 de agosto de 2026 las directrices que deberán seguir sus funcionarios. Según estas, el funcionario valorará los cinco factores señalados por el Congreso, la declaración jurada de manutención y cualquier otro hecho relevante, incluida la percepción de prestaciones públicas sujetas a condiciones de recursos. Si presenta la solicitud antes del 18 de septiembre, su caso se evaluará según el criterio actual, más restrictivo. Si la presenta a partir de esa fecha, se aplicará el criterio más amplio.

Ese plazo se suma a un cambio normativo más amplio. En mayo de 2026, el USCIS publicó el Memorándum Normativo PM-602-0199, que insta a los funcionarios a tratar el ajuste de estatus como un beneficio discrecional, y no como un trámite rutinario, y exige a los solicitantes que demuestren de forma activa que merecen que se les aplique favorablemente la discrecionalidad. El memorándum no modifica los requisitos de elegibilidad, pero eleva el listón de lo que se necesita para obtener la aprobación.

El bufete de abogados Brooks ayuda a las parejas a cumplir estos requisitos, teniendo en cuenta los plazos de tramitación de la Oficina Local del USCIS en Boston. Si tienes alguna duda sobre tu expediente de tarjeta verde, habla con un abogado especializado en inmigración de Medford, Massachusetts hoy mismo llamando al (617) 245-8090.

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Tres reglas que harán que tu paquete sea rechazado si no las cumples

  • Utilice la versión actual del formulario. Actualmente, el USCIS solo acepta la edición del 20/01/25 del formulario I-485 (obligatoria desde el 3 de abril de 2025). Cualquier solicitud presentada con una edición anterior será devuelta sin tramitarse. Esto cambiará el 18 de septiembre de 2026 y no habrá periodo de gracia: el USCIS rechazará la edición del 20/01/25 si su solicitud tiene matasellos o se presenta en línea a partir de esa fecha, y solo aceptará la nueva edición del 18/09/26. Consulte la página del formulario I-485 de USCIS para conocer la edición requerida justo antes de presentar la solicitud.
  • Incluye el informe médico sellado en tu solicitud inicial. El formulario I-693 (Informe de examen médico) debe presentarse junto con su documentación I-130/I-485. Si falta, el USCIS rechazará su documentación en el momento de la recepción.
  • Comprueba que tu cónyuge cumpla los requisitos para presentar la declaración desde dentro del país. La solicitud conjunta requiere que el solicitante sea ciudadano estadounidense, que el beneficiario haya entrado en EE. UU. de forma legal y que ambos se encuentren físicamente presentes. Presentar la solicitud sin cumplir los requisitos supone el pago de las tasas y puede exponer a la persona a un procedimiento de expulsión.

Guía para solicitar la tarjeta verde por matrimonio, en la que se muestran los formularios I-130 e I-485, la petición aprobada, los anillos de boda y los documentos de inmigración de EE. UU.

Debes cumplir estas condiciones para presentar la solicitud desde dentro de Estados Unidos

El hecho de estar casado con un ciudadano estadounidense no implica automáticamente que puedas regularizar tu situación desde dentro del país. Presentar simultáneamente los formularios I-130 e I-485 cuando no reúnes los requisitos es un grave error que conlleva la pérdida de las tasas gubernamentales y, en algunos casos, te expone al riesgo de un procedimiento de expulsión (el proceso formal que utiliza el Gobierno para obligar a alguien a abandonar el país).

Es importante distinguir entre un solicitante que sea ciudadano estadounidense y uno que sea residente permanente legal (titular de la tarjeta verde). Si el cónyuge patrocinador es titular de la tarjeta verde en lugar de la ciudadanía, el beneficiario (el cónyuge que solicita la tarjeta verde) entra en una categoría de preferencia denominada F2A, lo que a menudo implica una espera de varios años, dependiendo del Boletín de Visados del gobierno (el informe que indica a quién le toca recibir una tarjeta verde). En ese caso, no se puede presentar el formulario I-485 hasta que haya un número de visado disponible.

  • Condición de solicitante. El cónyuge patrocinador debe ser ciudadano estadounidense para poder presentar la solicitud de forma conjunta.
  • Lugar de residencia del beneficiario. El cónyuge que solicite la tarjeta de residencia debe encontrarse físicamente en Estados Unidos.
  • Entrada legal. El beneficiario debe haber sido inspeccionado y admitido o haber recibido permiso de entrada (parole) por parte de un funcionario de inmigración en un paso fronterizo o en un aeropuerto. Algunos ejemplos habituales son la entrada con un visado de turista (B-2), un visado de estudiante (F-1) o un visado de trabajo temporal, como el H-1B.
  • La norma de los 90 días. El USCIS ha adoptado una directriz del Manual de Asuntos Exteriores (FAM) del Departamento de Estado. El FAM rige la actuación de los funcionarios consulares, pero el USCIS aplica el mismo marco a los casos de ajuste de estatus: si el titular de un visado temporal contrae matrimonio o solicita una tarjeta de residencia en los 90 días siguientes a su llegada a EE. UU., el USCIS puede presumir que se ha realizado una declaración falsa. Esta presunción puede refutarse con pruebas, pero hace que el caso sea objeto de un mayor escrutinio.
  • Dónde presentar la solicitud. Aunque los residentes de Medford tendrán su entrevista en la oficina local del USCIS de Boston, toda la documentación inicial se envía por correo a una oficina centralizada del USCIS en Chicago o Phoenix, dependiendo del servicio postal utilizado.

Los formularios que incluye tu expediente de solicitud y para qué sirve cada uno

La solicitud de tarjeta de residencia por matrimonio es un expediente completo que incluye peticiones, solicitudes, pruebas y documentos justificativos. El USCIS rechaza los expedientes a los que les falte algún componente en el momento de su recepción, por lo que es fundamental actuar con precisión en la fase de presentación.

Formulario I-130, Petición para familiar extranjero

Este es el formulario básico, que debe presentar el solicitante, ciudadano estadounidense. Su finalidad es acreditar que existe un matrimonio legalmente válido y que el solicitante mantiene la relación necesaria para patrocinar al beneficiario.

Formulario I-130A, Información complementaria para el cónyuge beneficiario

Este formulario lo debe cumplimentar el cónyuge que solicita la tarjeta de residencia. En él se facilitan a el USCIS los datos personales y el historial laboral de los últimos cinco años.

Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estatus

Esta es la solicitud de la tarjeta verde propiamente dicha. Actualmente, el USCIS solo acepta la edición del 20/01/25. Se rechazará cualquier solicitud presentada en una edición anterior. El formulario contiene una larga serie de preguntas sobre antecedentes penales, infracciones migratorias anteriores y factores relacionados con la carga pública (es decir, si es probable que el solicitante dependa de ayudas públicas). Responder incorrectamente a estas preguntas, incluso por accidente, puede acarrear graves consecuencias. La edición del 18/09/26 amplía esta parte del formulario, incluyendo preguntas sobre prestaciones sujetas a condiciones de recursos en general, así como sobre la situación económica del hogar, la formación y las competencias.

Recuerda: si su solicitud lleva matasellos o se presenta en línea a partir del 18 de septiembre de 2026, deberá utilizar la edición del 18/09/26 del formulario I-485. No hay periodo de gracia, por lo que cualquier solicitud enviada con la edición anterior a partir de esa fecha será rechazada. El USCIS ha publicado un avance de la nueva edición para que usted y su abogado puedan prepararse.

Formulario I-864, Declaración jurada de manutención

La Declaración jurada de manutención es uno de los motivos más habituales para que se emita una solicitud de pruebas (RFE), que es una petición por escrito de USCIS en la que se solicita documentación adicional que puede retrasar un expediente durante meses. El patrocinador, ciudadano estadounidense, debe demostrar que sus ingresos alcanzan, como mínimo, el 125 % de las Directrices Federales de Pobreza correspondientes al tamaño de su unidad familiar. Para el año 2026, el mínimo para una unidad familiar de dos personas (el patrocinador y el cónyuge inmigrante) es de 27 050 dólares al año. Hay una excepción. Un patrocinador en servicio activo en las fuerzas armadas que solicite la residencia para su cónyuge o un hijo solo tiene que alcanzar el 100 %, lo que equivale a 21 640 dólares para un hogar de dos personas. Estas cifras se actualizan anualmente. Si los ingresos del patrocinador son insuficientes, se puede recurrir a un copatrocinador que cumpla de forma independiente con el umbral establecido.

Formulario I-693, Informe del examen médico y registro de vacunación

El examen médico I-693, en sobre sellado, debe presentarse junto con el expediente inicial. Si no se incluye, su expediente será rechazado en el momento de su recepción. Debe hacer que un médico civil designado por el USCIS (un médico autorizado por el Gobierno para realizar exámenes médicos de inmigración) le realice este examen antes de que su expediente esté listo para su envío por correo.

La vacunación contra la COVID-19 ya no es obligatoria para este examen, aunque se siguen aplicando todos los demás requisitos de vacunación habituales. El formulario I-693 solo es válido para la solicitud específica con la que se presentó. Si se deniega o se retira tu I-485, ese examen médico no podrá reutilizarse para una futura solicitud y tendrás que someterte a un nuevo examen. Hay una excepción: si el USCIS rechaza su expediente en el momento de la recepción y se lo devuelve, puede volver a presentar el mismo formulario I-693 junto con la solicitud corregida y una copia de la notificación de rechazo.

Formulario I-765 (Permiso de trabajo) y formulario I-131 (Permiso de viaje)

Junto con la solicitud principal, puedes presentar el formulario I-765 para solicitar un permiso de trabajo (denominado oficialmente «Documento de Autorización de Empleo» o EAD) y el formulario I-131 para solicitar un permiso de salida anticipada, que te permite viajar al extranjero mientras el expediente está pendiente. El USCIS cobra tasas de tramitación independientes por estos formularios; no están incluidas en la tasa de tramitación del formulario I-485. No empieces a trabajar antes de tener en tu poder la tarjeta física del permiso de trabajo.

Tus pruebas deben demostrar que lleváis una vida real y compartida

Recae sobre el solicitante la carga de demostrar que el matrimonio es auténtico. Un certificado de matrimonio acredita que el matrimonio está reconocido legalmente, pero por sí solo no prueba que sea auténtico (celebrado de buena fe) a efectos de inmigración. Para ello, debes aportar pruebas convincentes de que tú y tu cónyuge habéis unido vuestras vidas, especialmente en lo que respecta a cuestiones económicas y jurídicas.

La calidad importa más que la cantidad. Una cuenta bancaria conjunta utilizada para los gastos diarios durante dos años resulta más convincente que una pila de fotos de boda, y tres cartas personales detalladas de personas que conocen a la pareja en distintos contextos tienen más peso que cincuenta cartas tipo.

  • Fusión de recursos económicos. Esta es la categoría más sólida. Los extractos bancarios conjuntos que reflejen un uso habitual, las declaraciones de la renta conjuntas a nivel federal y estatal, la inclusión de tu cónyuge en tu seguro médico y la titularidad conjunta de tarjetas de crédito son ejemplos que demuestran una responsabilidad financiera compartida.
  • Residencia conjunta. Un contrato de alquiler conjunto, una escritura de propiedad a nombre de ambos o facturas de servicios públicos a nombre de ambos en la misma dirección.
  • Documentación sobre la vida. Pólizas de seguro de vida en las que cada uno figura como beneficiario del otro, partidas de nacimiento de los hijos en las que aparecen ambos padres, títulos de propiedad conjuntos de vehículos y fotos de diferentes épocas y contextos.

Para aportar más contexto, plantéate redactar una declaración personal en la que describas la cronología de vuestra relación. También resultan muy útiles las declaraciones juradas por escrito de amigos y familiares que puedan dar fe de la autenticidad de vuestro matrimonio.

Qué ocurre tras presentar la solicitud: los pasos desde la recepción hasta la entrevista

Tras presentar tu solicitud, el proceso pasa por varias fases. Los plazos de tramitación varían según la oficina local y cambian con el tiempo, por lo que las estimaciones que figuran a continuación deben considerarse una orientación para la planificación, no una garantía. Consulta la página de plazos de tramitación del USCIS para consultar los datos más actuales correspondientes a tu categoría y oficina.

Notificaciones de recepción (semanas 2 a 4)

Poco después de enviar tu paquete por correo, recibirás varias notificaciones del formulario I-797C por correo. Se trata de tus recibos oficiales, cada uno con un número de expediente único. Confirman que el USCIS ha admitido tu expediente para su tramitación y sirven como prueba de que tu solicitud está pendiente de resolución.

Cita para la toma de datos biométricos (meses 1-2)

El cónyuge que solicite la tarjeta verde recibirá una notificación para una cita para la toma de datos biométricos en un Centro de Apoyo a las Solicitudes (ASC) de la zona metropolitana de Boston. En esta breve cita, el USCIS tomará sus huellas dactilares, le hará una fotografía y le pedirá su firma para llevar a cabo comprobaciones de antecedentes y de seguridad.

Autorización de trabajo (varía)

Si has presentado el formulario I-765, es posible que recibas el permiso de trabajo mientras esperas la entrevista. Los plazos de tramitación del permiso de trabajo varían, así que consulta la página de plazos de tramitación del USCIS para conocer la estimación más actualizada. Una vez que tenga la tarjeta en su poder, su cónyuge podrá trabajar legalmente en Massachusetts y obtener un número de la Seguridad Social.

La entrevista para la tarjeta verde en la oficina local de Boston

El último paso en la mayoría de los expedientes basados en el matrimonio es la entrevista. A mediados de 2026, la Oficina Local de Boston ha tramitado los expedientes basados en vínculos familiares con mayor rapidez que muchas otras oficinas, pero el plazo total desde la presentación del expediente depende de múltiples factores y varía según cada caso concreto. Consulta la página de plazos de tramitación del USCIS para conocer la estimación más actualizada correspondiente a su categoría.

Si tu matrimonio tiene menos de dos años de antigüedad en el momento de la aprobación, tu cónyuge obtendrá la residencia permanente condicional, que conlleva una tarjeta de residencia válida por dos años. A continuación, deberás presentar el formulario I-751 (Solicitud para eliminar las condiciones de residencia) durante el plazo de 90 días inmediatamente anterior a la fecha de caducidad de la tarjeta. Ese plazo de 90 días es estricto: presentar la solicitud demasiado pronto conlleva el riesgo de que sea rechazada, y presentarla después de que caduque la tarjeta conlleva el riesgo de que se deniegue y se rescinda el estatus. Si el solicitante solicita una exención del requisito de presentación conjunta, como en casos de divorcio o anulación, fallecimiento del cónyuge solicitante, maltrato o crueldad extrema, o dificultades extremas, la exención puede presentarse en cualquier momento y no está sujeta al plazo de 90 días.

Cómo prepara el bufete Brooks tu caso antes de presentarlo

Nuestro proceso está diseñado para construir un expediente sólido y apto para su aprobación desde el primer día, anticipándonos a los posibles problemas y resolviéndolos antes de que un funcionario público revise su expediente.

Tu primera llamada. Nuestra primera conversación se centra en comprobar si cumple los requisitos. Evaluamos su situación para identificar cualquier posible problema, como la forma y el momento en que entró en el país, los antecedentes penales o las solicitudes de matrimonio presentadas anteriormente que pudieran complicar el caso.

Sesión estratégica. Programamos un análisis exhaustivo de todo tu historial de inmigración y de las pruebas de tu matrimonio para detectar posibles lagunas o puntos débiles y elaborar un plan para reforzarlos antes de presentar la solicitud.

Recopilación de documentos. Basándonos en nuestra evaluación, le proporcionamos una lista de verificación personalizada con todos los documentos necesarios para sus solicitudes I-130 e I-485. Comprobamos que no haya inconsistencias, por ejemplo, asegurándonos de que las direcciones que figuran en sus documentos de identidad coincidan con las de sus extractos bancarios y su contrato de alquiler.

Presentación de la solicitud. Elaboramos una solicitud exhaustiva y organizada de forma profesional, que incluye cartas de presentación legales detalladas que orientan al funcionario del USCIS a través de sus pruebas y abordan las dudas más habituales antes de que surjan. Nos encargamos de todos los detalles logísticos, incluido el envío por correo al buzón de seguridad (Lockbox) correspondiente del USCIS y el cumplimiento de los requisitos vigentes en materia de tasas de tramitación y versión de los formularios.

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Preguntas frecuentes sobre las tarjetas de residencia por matrimonio

¿Puede mi cónyuge trabajar mientras nuestra solicitud de tarjeta verde está pendiente?

Sí, pero solo después de que hayan recibido su permiso de trabajo. Para obtenerlo, hay que presentar el formulario I-765 junto con la solicitud principal de la tarjeta verde. Los plazos de tramitación varían, así que consulta la página de plazos de tramitación del USCIS para conocer la estimación más actualizada. No empieces a trabajar antes de tener la tarjeta física en tu poder.

¿Qué pasa si nos mudamos durante el proceso?

Tienes la obligación legal de notificar a USCIS tu nueva dirección en un plazo de 10 días desde la mudanza, presentando el formulario AR-11 por Internet. Si no actualiza su dirección, podría perder notificaciones, faltar a citas de entrevista y, potencialmente, que se deniegue su solicitud.

Mi cónyuge entró en EE. UU. sin visado. ¿Podemos presentar la solicitud de todos modos?

En general, no. Una persona que haya entrado en el país sin haber sido inspeccionada por un funcionario de inmigración no cumple los requisitos para ajustar su estatus desde dentro de EE. UU. según la normativa habitual. Por lo general, tendría que salir del país para acudir a una entrevista para obtener un visado de inmigrante en un consulado de EE. UU., lo que podría requerir una exención I-601A por presencia ilegal (tiempo pasado en el país sin autorización). Se trata de una situación jurídica complicada, por lo que es importante consultar con un abogado antes de dar cualquier paso.

¿Cuál es el requisito de ingresos mínimos que debe cumplir un avalista?

El patrocinador debe demostrar unos ingresos de al menos el 125 % de las Directrices Federales de Pobreza correspondientes al tamaño de su unidad familiar. Para 2026, el mínimo para una unidad familiar de dos personas (el patrocinador y el cónyuge inmigrante) es de 27.050 dólares al año. Un patrocinador en servicio activo en las fuerzas armadas que solicite la residencia para su cónyuge o un hijo solo tiene que alcanzar el 100 %, es decir, 21 640 dólares. Estas cifras se actualizan anualmente, normalmente en enero o febrero, y las nuevas directrices entran en vigor en marzo. Si los ingresos del patrocinador son insuficientes, se puede recurrir a un copatrocinador que cumpla de forma independiente el umbral establecido.

Qué hacer a continuación

Solicitar la tarjeta verde por matrimonio implica presentar ante el Gobierno de EE. UU. un expediente documentado que demuestre que tu matrimonio es auténtico y que cumples los requisitos para obtener la residencia permanente. Según la norma PM-602-0199, los solicitantes deben demostrar de forma fehaciente que merecen que se les aplique favorablemente la discrecionalidad. Un expediente bien preparado no solo es útil, sino que puede marcar la diferencia entre que se apruebe o se deniegue la solicitud.

Si tu expediente está listo, presentarlo antes del 18 de septiembre de 2026 significa que se evaluará según el criterio actual de «carga pública». Si no estás seguro de si tu expediente está listo, para eso sirve precisamente una consulta.

Ponte en contacto con Brooks Law Firm hoy mismo para concertar una consulta gratuita, y le ofreceremos una valoración sincera de su situación y de las opciones que tiene a su disposición. Llame al al (617) 245-8090.

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