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Arinda Brooks

Arinda Brooks

Fundador Brooks Law
Publicado en: 09/24/2025

Se ha anulado la tasa de 100 000 dólares para el visado H1B. Esto es lo que tienes que pagar.


Si eres un empresario de Massachusetts que patrocina a trabajadores extranjeros con visados H-1B, la tasa de 100 000 dólares que acaparó los titulares desde septiembre de 2025 ya no está en vigor. Un juez federal de Boston anuló la tasa el 8 de junio de 2026. Posteriormente, el Tribunal de Apelación del Primer Circuito se negó a restablecerla el 24 de julio de 2026. Actualmente, los empresarios no están obligados a pagar esta tasa, y el USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., la agencia federal que tramita las solicitudes de visado H-1B) ha confirmado que acatará la orden judicial.

Eso no significa que las solicitudes de visado H-1B sean gratuitas. Las tasas gubernamentales estándar para una sola solicitud siguen oscilando entre unos 2.000 y 7.400 dólares, dependiendo del tamaño de tu empresa y de si se aplican recargos. Ese rango cubre únicamente las tasas de tramitación obligatorias. No incluye la tasa de registro de 215 dólares ni la tramitación urgente opcional. Lo que ha cambiado es que, por ahora, ha desaparecido el extraordinario recargo de 100.000 dólares que se sumaba a esas tasas. La proclamación que estableció dicha tasa también está prevista que expire, según sus propios términos, el 20 de septiembre de 2026, lo que añade otra capa de incertidumbre para los empleadores que planifican con antelación. En esta entrada se explica lo que ha sucedido, qué tasas deben pagar realmente los empleadores en la actualidad y a qué hay que estar atento mientras continúa el litigio.

¿Eres un empresario y tienes dudas sobre los costes o el cumplimiento normativo de los visados H-1B? Llame al bufete de abogados Brooks al (617) 245-8090 o póngase en contacto con nosotros a través de nuestra página web para concertar una consulta gratuita.

Un tribunal federal ha anulado la tasa de 100.000 dólares, pero el recurso de apelación sigue en curso

El 19 de septiembre de 2025, la Casa Blanca emitió la Proclamación Presidencial 10973, que imponía un requisito de pago de 100 000 dólares a las nuevas solicitudes de visado H-1B presentadas para trabajadores que tuvieran que solicitar su visado en una embajada o consulado de EE. UU. en el extranjero (un proceso denominado «tramitación consular»). La tasa entró en vigor el 21 de septiembre de 2025. Se aplicaba únicamente a las nuevas solicitudes de trabajadores que se encontraran fuera del país, y no a las renovaciones, prórrogas ni a los trabajadores que ya se encontraran en Estados Unidos.

La proclamación fue impugnada de inmediato en los tribunales federales de todo el país, y los casos dieron lugar a conclusiones contradictorias. En diciembre de 2025, un tribunal federal de Washington, D.C. confirmó la tasa. Sin embargo, el 8 de junio de 2026, el juez Leo Sorokin, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Massachusetts, dictaminó en el caso Estado de California contra Mullin (expediente n.º 1:25-cv-13829) que el cargo de 100 000 dólares era un impuesto ilegal impuesto sin autorización del Congreso. El tribunal también consideró que la política de la agencia que aplicaba la tasa infringía la Ley de Procedimiento Administrativo, una ley federal que establece las normas sobre cómo las agencias gubernamentales elaboran sus políticas. El tribunal anuló la política en su totalidad. Massachusetts fue uno de los estados demandantes en el caso.

El Gobierno interpuso un recurso de apelación. El 12 de junio de 2026, el tribunal de distrito suspendió temporalmente su propia resolución mientras el Gobierno solicitaba medidas cautelares al Primer Circuito. El 24 de julio de 2026, el Primer Circuito denegó la solicitud del Gobierno de restablecer la tasa durante la apelación, al considerar que el Gobierno no había demostrado que tuviera probabilidades de prosperar en el fondo del asunto. Dicha denegación levantó la suspensión temporal. La sentencia del 8 de junio ya está en vigor en todo el país. El 28 de julio de 2026, el USCIS confirmó en su página de preguntas frecuentes sobre el visado H-1B que cumplirá la orden judicial mientras estudia los próximos pasos a seguir.

Hay dos aspectos que conviene tener en cuenta sobre lo que va a suceder a continuación. En primer lugar, el recurso de apelación sobre el fondo del asunto sigue en curso y, dado que los tribunales han llegado a conclusiones opuestas, el Gobierno también podría solicitar al Tribunal Supremo que intervenga con carácter de urgencia. En segundo lugar, la propia proclamación impuso una restricción de 12 meses que está previsto que expire el 20 de septiembre de 2026, a menos que el Gobierno la prorrogue o la vuelva a promulgar. Que esto suceda o no es una cuestión aún por resolver, independientemente del resultado judicial.

Las tasas que pagan realmente las empresas por una solicitud de visado H-1B

Incluso sin el cargo de 100 000 dólares, la presentación de una solicitud de visado H-1B conlleva varias tasas administrativas obligatorias. El importe total depende del tamaño de la empresa, del tipo de solicitud y de si la empresa opta por una tramitación más rápida. Todas las tasas que se indican a continuación están vigentes a fecha de agosto de 2026 y se han verificado según el baremo de tasas del USCIS (Formulario G-1055, reeditado el 29 de mayo de 2026). Las tasas gubernamentales están sujetas a cambios, por lo que las empresas deben consultar el baremo de tasas vigente del USCIS antes de presentar la solicitud.

Tasa de inscripción para el visado H-1B: 215 dólares. Esta tasa se abona durante el plazo de inscripción anual, que suele ser en marzo, como parte del sorteo de visados H-1B. No es reembolsable, independientemente de que el trabajador resulte seleccionado o no.

Tasa básica de presentación del formulario I-129: 780 $ o 460 $. La tasa estándar es de 780 dólares. Las empresas con 25 empleados a tiempo completo o menos y las organizaciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos pagan 460 dólares. Se trata de la tasa básica de presentación de la solicitud y es obligatoria en todas las solicitudes de visado H-1B.

Cuota de formación de la ACWIA: 1.500 $ o 750 $. Las empresas con más de 25 empleados a tiempo completo pagan 1.500 dólares. Las empresas con 25 empleados o menos pagan 750 dólares. Quedan exentas las instituciones de educación superior, sus organizaciones sin ánimo de lucro afiliadas, los organismos de investigación públicos y los centros de enseñanza primaria y secundaria. Esta tasa se aplica a las nuevas solicitudes y a los cambios de empleador, pero no a las prórrogas con el mismo empleador.

Tasa de prevención y detección del fraude: 500 dólares. Es obligatoria en todas las nuevas solicitudes de visado H-1B y en las solicitudes de cambio de empleador. No se aplica a las prórrogas con el mismo empleador.

Tasa del programa de asilo: 600 $, 300 $ o 0 $. Las empresas con 26 o más empleados a tiempo completo pagan 600 dólares. Las empresas con 25 o menos empleados pagan 300 dólares. Las organizaciones sin ánimo de lucro están exentas. Esta tasa se estableció en abril de 2024 y se aplica a todas las solicitudes de los formularios I-129 e I-140. Es independiente de la tasa anual de asilo que se aplica a los solicitantes de asilo.

Tasa prevista en la Ley Pública 114-113: 4.000 dólares. Este recargo se aplica únicamente a los empleadores con 50 o más empleados en EE. UU. de los cuales más de la mitad tengan un visado H-1B o L-1. La mayoría de los empleadores no están obligados a pagar esta tasa.

Tramitación urgente (opcional): 2.965 dólares. Esto garantiza una respuesta del USCIS en un plazo de 15 días laborables, aunque dicha respuesta puede ser una aprobación, una denegación o una solicitud de información adicional. La tasa aumentó de 2.805 dólares a 2.965 dólares el 1 de marzo de 2026.

Visado H-4 para familiares a cargo (formulario I-539): 370 dólares. Esta es la tasa de solicitud para el cónyuge o los hijos de un trabajador con visado H-1B. El empleado debe hacerse cargo de este coste.

¿Quién es responsable de pagar las tasas del visado H-1B?

La legislación federal atribuye la mayor parte de los costes de las solicitudes H-1B al empleador. La tasa de formación de la ACWIA y la tasa de prevención del fraude son, sin excepción alguna, responsabilidad del empleador según la normativa del Departamento de Trabajo. La tasa básica del formulario I-129 y la tasa del programa de asilo también recaen sobre el empleador en la mayoría de los casos, ya que trasladarlas al trabajador reduciría normalmente su salario por debajo del nivel salarial exigido. Lo más seguro para cualquier empleador es considerar todas las tasas de tramitación obligatorias como un gasto empresarial.

El empleado puede hacerse cargo de determinados gastos. El empleado puede abonar los gastos de tramitación urgente cuando se solicite una tramitación más rápida en beneficio propio y no por conveniencia del empleador. Además, el empleado suele hacerse cargo de los gastos relacionados con los visados de los familiares a su cargo, como la tasa de solicitud del visado H-4.

Si un empresario pide a un trabajador que corra con los gastos de tramitación obligatorios o le presiona para que lo haga, esto puede comprometer la Solicitud de Condiciones Laborales (un formulario que el empresario presenta ante el Departamento de Trabajo en el que se compromete a pagar el salario exigido y a cumplir con las condiciones laborales). También puede poner en peligro toda la solicitud. Si no tienes claro quién debe hacerse cargo de los gastos, es importante que consultes con un abogado antes de dar ningún paso.

Lo que deben hacer ahora los empresarios

Para los empleadores que presenten hoy nuevas solicitudes de visado H-1B, se aplican las tasas estándar descritas anteriormente. No es necesario abonar los 100 000 dólares. Al igual que en cualquier ámbito en el que exista un litigio en curso, la situación podría cambiar, por lo que los empleadores deben consultar los requisitos vigentes en la página de preguntas frecuentes sobre el visado H-1B del USCIS antes de presentar la solicitud y consultarlo con un asesor jurídico.

En el caso de los empresarios que abonaron la tasa de 100 000 dólares antes de que el tribunal la declarara nula, la cuestión de los reembolsos aún no se ha resuelto. El tribunal declaró nula la norma, pero no abordó específicamente los procedimientos de reembolso. Los empresarios que hayan pagado deben conservar registros completos de los pagos y consultar con un abogado sobre si conviene reclamar la devolución y cómo hacerlo.

Para los empresarios que planifican con antelación, conviene estar atentos a la fecha de vencimiento de la proclamación, el 20 de septiembre de 2026. El hecho de que el Gobierno prorrogue, vuelva a promulgar o modifique la proclamación determinará el próximo capítulo de esta cuestión, con independencia del recurso pendiente.

Ponte en contacto con Brooks Law Firm hoy mismo para concertar una consulta gratuita, y te ofreceremos una valoración sincera del estado de tu solicitud de visado H-1B y de cuáles son tus opciones. Dado que la proclamación expirará el 20 de septiembre de 2026 y el recurso sigue en curso, ahora es el momento de revisar tu estrategia. Llama al al (617) 245-8090.

Preguntas frecuentes sobre las tasas del visado H-1B

¿Sigue vigente la tasa de 100.000 dólares para el visado H-1B?

No. A fecha de 24 de julio de 2026, no se está cobrando dicha tasa. Un tribunal federal de Massachusetts anuló la norma el 8 de junio de 2026, y el Primer Circuito se negó a restablecerla mientras el Gobierno presenta un recurso de apelación. El USCIS ha confirmado que acatará la orden judicial. Sin embargo, el recurso sigue en curso, por lo que los empleadores deben consultar la página de preguntas frecuentes sobre el visado H-1B de la USCIS para conocer la situación más reciente antes de presentar la solicitud.

¿Se aplica esta tasa a los trabajadores que ya se encuentran en Estados Unidos?

La tasa de 100.000 dólares nunca se aplicó a los trabajadores que ya se encontraban en Estados Unidos con el estatus H-1B. Se limitaba a las nuevas solicitudes de trabajadores que fueran a entrar a través del trámite consular. Las prórrogas, los traslados y los cambios de estatus de los trabajadores que ya se encontraban aquí no estaban incluidos, ni siquiera cuando la tasa estaba en vigor.

¿Pueden los empresarios obtener un reembolso si ya han pagado los 100.000 dólares?

El tribunal ha declarado nula la norma, pero aún no se han establecido los procedimientos de reembolso. Los empresarios que hayan realizado el pago deben conservar todos los registros de los mismos y consultar con un abogado especializado en inmigración cuáles son sus opciones.

¿Cuáles son los gastos reales que debo tener en cuenta a la hora de presupuestar una solicitud de visado H-1B?

Las tasas gubernamentales obligatorias para una nueva solicitud de visado H-1B oscilan entre unos 2.000 dólares para las pequeñas empresas y unos 7.400 dólares para las grandes empresas, incluyendo todos los recargos, sin contar la tasa de registro ni la tramitación urgente opcional. El desglose completo por tamaño de la empresa se encuentra en la sección de tasas anterior. Consulta los importes actuales en la lista de tasas del USCIS antes de presentar la solicitud.

¿Cuál es la diferencia entre una prórroga H-1B y una nueva petición H-1B?

Una prórroga permite que un trabajador que ya tiene el estatus H-1B continúe trabajando para el mismo empleador. Una nueva solicitud se presenta para un trabajador que no haya tenido anteriormente un visado H-1B o para el que se solicite el patrocinio por primera vez. Las prórrogas requieren el pago de la tasa básica del formulario I-129 y la tasa del programa de asilo, pero no la tasa de formación de la ACWIA ni la tasa de prevención del fraude.

¿Qué ocurre si el pago de la tasa del visado H-1B se retrasa o está incompleto?

El USCIS rechazará todo el expediente de solicitud. Todas las tasas obligatorias deben abonarse en su totalidad y presentarse correctamente en el momento de la presentación; cualquier error en el pago paralizará el trámite antes incluso de que comience. Para confirmar los importes actuales de las tasas, consulte la lista de tasas del USCIS antes de presentarla es la forma más sencilla de evitarlo.

¿Cuál es la tasa del programa de asilo para las peticiones H-1B?

La tasa del programa de asilo es un gravamen que se aplica a todas las solicitudes presentadas mediante el formulario I-129, incluidas las solicitudes de visado H-1B. Las empresas con 26 o más empleados a tiempo completo pagan 600 dólares. Las empresas con 25 o menos empleados pagan 300 dólares. Las organizaciones sin ánimo de lucro están exentas. Esta tasa se estableció en abril de 2024 y es independiente de la tasa anual de asilo que se aplica a las personas con expedientes de asilo pendientes.

¿Pueden los empresarios exigir a los empleados que devuelvan las tasas del visado H-1B si abandonan la empresa antes de tiempo?

Las empresas no pueden exigir a los trabajadores que reembolsen las tasas oficiales obligatorias de tramitación. Los acuerdos de reembolso relativos a estas tasas infringen la normativa del Ministerio de Trabajo. Si te enfrentas a una exigencia de reembolso, consultar con un abogado especializado en inmigración puede ayudarte a aclarar cuáles son tus derechos.

¿Qué pasaría si se devolviera la cuota de 100.000 dólares?

Si un tribunal superior revoca la sentencia, o si el Gobierno renueva la proclamación cuando expire el 20 de septiembre de 2026, la tasa podría volver a aplicarse de alguna forma. El Gobierno también podría solicitar al Tribunal Supremo que intervenga con carácter de urgencia. Las empresas deberían planificarse con asesoramiento jurídico para estar preparadas ante cualquier resultado.

Esta publicación se verificó por última vez con arreglo a la legislación vigente y las directrices del USCIS el 12 de agosto de 2026. Las normas relativas a las tasas del visado H-1B son objeto de un litigio en curso y están sujetas a cambios. Confírmalo con el lista de tasas de USCIS y con un asesor jurídico antes de actuar.

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