Cambios del USCIS en el formulario I-485: qué supone esto para los solicitantes de la tarjeta verde
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USCIS ha anunciado que publicará una edición revisada del formulario I-485, «Solicitud de registro de residencia permanente o de ajuste de estatus», el 18 de septiembre de 2026. La nueva edición (con fecha del 18/09/26) sustituye a la edición actual del 20/01/25, y no habrá periodo de gracia. Se rechazará cualquier solicitud que utilice el formulario antiguo y cuyo matasellos o fecha de envío electrónico sea el 18 de septiembre o posterior.
Por qué el USCIS está modificando el formulario
La versión revisada del formulario I-485 no es una actualización rutinaria. Está vinculada a un cambio normativo de gran envergadura: la nueva norma definitiva sobre el motivo de inadmisibilidad por «carga pública», que el DHS anunció el 16 de julio de 2026 y que entra en vigor ese mismo día.
En virtud del marco de «carga pública» de 2022 actualmente en vigor, los funcionarios del USCIS suelen limitarse a considerar si un solicitante ha recibido ayudas públicas en efectivo para el mantenimiento de sus ingresos o si ha estado internado en una institución a cargo del Estado durante un periodo prolongado. La mayoría de las prestaciones no monetarias, como Medicaid, el SNAP y las ayudas a la vivienda, no se tienen en cuenta a la hora de tomar la decisión.
A partir del 18 de septiembre, ese marco normativo dejará de estar vigente. La nueva norma deroga la normativa de 2022 y devuelve un mayor margen de discrecionalidad a los funcionarios del USCIS, que ahora evaluarán si es probable que un solicitante de la tarjeta verde se convierta en una carga pública basándose en la totalidad de las circunstancias. Esto significa que los funcionarios podrán tener en cuenta una gama más amplia de prestaciones públicas sujetas a condiciones de recursos, además de la edad del solicitante, su estado de salud, el tamaño de su familia, sus recursos económicos, su formación, sus competencias y la solidez de su declaración jurada de manutención.
El formulario I-485 revisado refleja estos cambios. Aunque el USCIS aún no ha publicado la versión definitiva, hay disponible un avance en la página del formulario I-485 de USCIS, y los solicitantes deben esperar preguntas nuevas o más detalladas relacionadas con la carga pública.
El límite estricto: sin periodo de gracia
A diferencia de algunas actualizaciones anteriores de formularios, esta transición tiene una fecha límite estricta, sin solapamientos ni periodo de gracia. A continuación se explica cómo funciona el calendario:
- Antes del 18 de septiembre de 2026: El USCIS solo aceptará la edición actual (20/01/25). La presentación anticipada de la nueva edición dará lugar a su rechazo.
- A partir del 18 de septiembre de 2026: El USCIS solo aceptará la nueva edición (18/09/26). La presentación de la edición anterior a partir de esta fecha dará lugar a la denegación de la solicitud, independientemente de cuándo se haya tramitado.
Un rechazo no es lo mismo que una denegación. Significa que el USCIS devuelve todo el expediente de solicitud como si nunca se hubiera presentado. Para los solicitantes cuya elegibilidad dependa de que la fecha de prioridad siga vigente, de mantener una situación legal o de la edad de un hijo en virtud de la Ley de Protección del Estatus del Menor, un rechazo por utilizar una edición incorrecta del formulario puede suponer un coste mucho mayor que el tiempo que lleva volver a presentar la solicitud.
Por qué es importante para los solicitantes de la tarjeta verde en Massachusetts
La fecha del 18 de septiembre da lugar a dos plazos distintos, y es importante saber cuál de ellos se aplica a tu caso.
Las solicitudes presentadas correctamente y aceptadas por el USCIS antes del 18 de septiembre siguen estando sujetas al criterio actual de «carga pública», que es más restrictivo. En cuanto a las prestaciones recibidas antes de esa fecha, los funcionarios suelen tener en cuenta únicamente la ayuda económica en efectivo y la institucionalización a largo plazo, de conformidad con la normativa de 2022.
Las solicitudes cuyo matasellos sea del 18 de septiembre o posterior, o que se hayan presentado por vía electrónica a partir de esa fecha, se regirán por la nueva normativa. Los funcionarios dispondrán de una mayor libertad de criterio y se podrá tener en cuenta una gama más amplia de prestaciones públicas percibidas a partir de esa fecha.
Es importante comprender lo que la norma sobre «carga pública» no hace. No se aplica a los titulares de la tarjeta verde que ya tienen la condición de residente permanente. No revoca la tarjeta verde vigente de nadie. Además, varias categorías de solicitantes están totalmente exentas de la norma sobre «carga pública», entre ellas los refugiados, los asilados, los solicitantes autónomos en virtud de la VAWA, los solicitantes del estatus especial de inmigrante menor de edad y los titulares de visados T y U. Si usted pertenece a alguna de estas categorías, la nueva norma no se aplica a su caso.
Un aspecto que suele generar confusión en las familias con estatus mixto: la evaluación de «carga pública» se centra en las prestaciones que recibe el propio solicitante. Las prestaciones que un hijo ciudadano estadounidense recibe por su cuenta, como Medicaid o la ayuda alimentaria, no se tienen en cuenta a la hora de tramitar la solicitud de tarjeta de residencia de uno de los progenitores.
Qué hacer ahora
Si tienes un formulario I-485 pendiente y ya ha sido aceptado por el USCIS, tu expediente se tramitará con arreglo a la normativa vigente en la fecha de presentación. No es necesario realizar ninguna gestión en relación con el cambio de formulario.
Si te estás preparando para presentar la solicitud, la edición del formulario que utilices debe coincidir con la fecha de presentación. Consulta la página del formulario I-485 del USCIS antes de presentarlo para confirmar qué edición se acepta actualmente. Asegúrate de que todas las páginas del formulario pertenezcan a la misma edición, ya que mezclar páginas de diferentes ediciones también dará lugar a que se rechace la solicitud.
Si estás pensando en presentar tu solicitud antes del 18 de septiembre para que tu caso se evalúe según el criterio actual de «carga pública», consulta primero con un abogado especializado en inmigración. Presentar una solicitud incompleta o con datos inexactos para cumplir con el plazo puede acarrear problemas peores que aquellos que intentabas evitar. Cada situación es diferente, y que tenga sentido presentar la solicitud antes o después depende de las circunstancias concretas de tu caso.
No renuncies a las prestaciones públicas a las que tú o los miembros de tu familia tenéis derecho legalmente sin antes solicitar asesoramiento jurídico. Renunciar a una cobertura, especialmente a la sanitaria, basándote en el miedo y no en el análisis que un abogado haga de tu caso concreto, puede perjudicar a tu familia sin que ello beneficie realmente a tu solicitud.
Ponte en contacto con Bufete de Abogados Brooks hoy mismo para concertar una consulta gratuita, y le ofreceremos una valoración sincera de su situación antes de la fecha límite del 18 de septiembre. Llame al al (617) 245-8090.
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