Ha finalizado el TPS para Haití y Siria: ¿qué hacer ahora en Massachusetts?
Si tenías el Estatus de Protección Temporal por Haití o Siria, tus protecciones han finalizado. Ambas designaciones de TPS expiraron el 27 de julio de 2026, tras la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Mullin contra Doe. Los documentos de autorización de empleo (EAD) con los códigos de categoría A12 o C19, es decir, los permisos de trabajo expedidos a los beneficiarios del TPS, ya no son válidos. Si tu única autorización para trabajar en Estados Unidos procedía del TPS, llama al bufete Brooks Law Firm al (617) 245-8090 o concierte una consulta gratuita hoy mismo. Podemos ayudarle a comprender cuál es su situación.
La sentencia, dictada por 6 votos contra 3 el 25 de junio de 2026, anuló las resoluciones de los tribunales inferiores que habían mantenido en vigor las protecciones del TPS mientras se resolvían los recursos judiciales. El 29 de julio, el USCIS confirmó las rescisiones y ordenó a los empresarios que volvieran a verificar la autorización de trabajo de los empleados afectados. Nuestro equipo de inmigración ha estado siguiendo de cerca estos acontecimientos y, si te ves afectado, ahora es el momento de actuar.
Qué es el TPS y cómo funciona
El Estatus de Protección Temporal (TPS) es un programa federal que permite a las personas procedentes de determinados países vivir y trabajar legalmente en Estados Unidos cuando las condiciones en su país de origen —como un conflicto armado o una catástrofe natural— hacen que no sea seguro regresar. Haití fue designado para el TPS en 2010 tras un devastador terremoto, mientras que Siria recibió dicha designación en 2012 en plena guerra civil. Ambas designaciones se prorrogaron en repetidas ocasiones a lo largo de los años, y cientos de miles de personas construyeron sus vidas, formaron familias y trabajaron legalmente en Estados Unidos al amparo de esas protecciones.
En 2025, la Administración de Trump tomó medidas para poner fin a ambas designaciones. Un tribunal federal de distrito de Washington, D.C. bloqueó la revocación en el caso de Haití (Miot et al. contra Trump, n.º 25-cv-02471, D.D.C., 2 de febrero de 2026), mientras que un tribunal federal de Nueva York bloqueó la revocación relativa a Siria (Dahlia Doe contra Noem, n.º 25-cv-8686, S.D.N.Y., 19 de noviembre de 2025). Los beneficiarios del TPS conservaron su estatus y su permiso de trabajo mientras se tramitaban esos recursos. La sentencia del Tribunal Supremo en el caso Mullin contra Doe anuló ambas resoluciones de los tribunales inferiores, y el Gobierno actuó con rapidez para aplicar las rescisiones.
Lo que dictaminó el Tribunal
En el caso Mullin contra Doe, 609 U.S. ___ (2026), el Tribunal Supremo dictaminó que la ley por la que se creó el programa TPS impide a los tribunales federales examinar impugnaciones no constitucionales a la decisión del Gobierno de poner fin a una designación de TPS. En nombre de la mayoría, el juez Samuel Alito concluyó que la prohibición legal de la revisión judicial abarca todo el proceso de toma de decisiones del secretario de Seguridad Nacional, y no solo la resolución final. El presidente del Tribunal Supremo Roberts y los jueces Thomas y Kavanaugh se sumaron íntegramente a la opinión, mientras que los jueces Gorsuch y Barrett se sumaron a toda la opinión salvo a la Parte III-A. El juez Thomas presentó una opinión concurrente separada.
La magistrada Elena Kagan redactó el voto particular discrepante, al que se sumaron las magistradas Sotomayor y Jackson. En dicho voto se argumentaba que la ley debería seguir permitiendo a los tribunales examinar si el secretario había seguido los trámites procesales exigidos —incluida la obligación legal de consultar con otros organismos gubernamentales— antes de revocar una designación.
El Tribunal también examinó una demanda por violación del principio de igualdad de protección presentada por titulares haitianos del TPS, quienes alegaban que la revocación estaba motivada por animadversión racial. La mayoría consideró que las pruebas presentadas no eran suficientes para demostrar que la discriminación racial fuera un factor determinante, y concluyó que era poco probable que la demanda prosperara.
Qué significa esto para los titulares haitianos del TPS en Massachusetts
La designación de TPS para Haití expiró el 27 de julio de 2026. Aproximadamente 350 000 ciudadanos haitianos habían estado viviendo y trabajando legalmente en Estados Unidos al amparo de dicha designación, y Massachusetts alberga una de las comunidades haitianas más numerosas del país.
Si tu autorización de trabajo se basaba exclusivamente en el TPS, tu EAD ya no es válido y no puede utilizarse para trabajar. Los empleadores están obligados a volver a verificar la autorización de trabajo de cualquier persona que haya presentado un EAD basado en el TPS (categoría A12 o C19) al cumplimentar el formulario I-9. Seguir trabajando con un permiso de trabajo del TPS caducado conlleva graves riesgos legales, tanto para ti como para tu empleador.
El fin del TPS también significa que ya no cuentas con protección frente a la expulsión. Sin embargo, la finalización del TPS no elimina otras opciones de inmigración que puedan aplicarse a tu situación. Algunos titulares del TPS desde hace mucho tiempo pueden optar a una solución mediante una solicitud basada en la familia, una vía basada en el empleo, el asilo u otra forma de protección. Que alguna de estas opciones sea aplicable depende totalmente de tus circunstancias personales, incluyendo tu historial migratorio, tus vínculos familiares y el tiempo que lleves en Estados Unidos. Un abogado puede evaluar qué opciones tienes a tu disposición.
Qué significa esto para los titulares de TPS sirios
La designación de Siria como país con TPS finalizó en la misma fecha, el 27 de julio de 2026, pero las circunstancias son distintas. Según el aviso del Registro Federal por el que se ponía fin a la designación de Siria (90 Fed. Reg. 45398, 22 de septiembre de 2025), el DHS estimaba que había 6.132 beneficiarios aprobados a fecha de septiembre de 2025. La revocación por parte del Gobierno se basó en la determinación de que Siria ya no cumplía las condiciones para la designación, señalando, en parte, la caída del régimen de Assad en diciembre de 2024 y los posteriores acontecimientos diplomáticos.
Las consecuencias legales son las mismas: los permisos de empleo (EAD) A12 y C19 expedidos en virtud de la designación del TPS de Siria ya no son válidos, y los empleadores deben volver a verificar la autorización de trabajo. Sin embargo, los titulares sirios del TPS pueden enfrentarse a una serie de cuestiones diferentes en lo que respecta a los próximos pasos a seguir. La situación en Siria ha cambiado significativamente en los últimos años, y las opciones disponibles para un ciudadano sirio —ya sea a través del asilo, la suspensión de la expulsión u otra forma de protección— pueden diferir de las disponibles para los ciudadanos haitianos. Se trata de cuestiones específicas de cada caso que requieren un análisis individual.
Qué hacer ahora
Si has tenido el TPS por tu origen en Haití o Siria, lo más importante que puedes hacer ahora mismo es que un abogado especializado en inmigración revise tu caso. Perder el TPS no significa automáticamente que no tengas ninguna salida, pero las opciones que puedan existir dependen de tus circunstancias particulares, y el plazo para tramitar algunas de ellas es limitado.
No sigas presentando un EAD basado en el TPS a tu empleador. Si dispones de otro fundamento para la autorización de trabajo, como una solicitud pendiente que te proporcione tu propio EAD, asegúrate de que tu documentación esté al día. Si no estás seguro de si tienes otra opción, esa es precisamente el tipo de pregunta que un abogado puede resolver.
Ponte en contacto hoy mismo con el bufete de abogados Brooks llamando al (617) 245-8090 o reserve una consulta gratuita en línea. Le ofreceremos una valoración sincera de su situación y de las opciones que podría tener a su disposición.
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