Denegación de la ciudadanía: mitos y realidades en 2026
Si eres titular de una tarjeta verde en Massachusetts y has recibido una denegación de una solicitud de naturalización, o si te estás preparando para presentarla y quieres evitarla, lo más importante que puedes hacer ahora mismo es hablar con un abogado especializado en inmigración que conozca cómo toma el USCIS estas decisiones. Llama hoy mismo al bufete Brooks Law Firm al (617) 245-8090 para una consulta gratuita. Podemos analizar su situación y ofrecerle una visión sincera de cuál es su situación actual.
Cada año, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. deniegan aproximadamente el 10 % de las solicitudes de naturalización N-400.
Algunas de esas denegaciones se deben a cuestiones sencillas, como no superar el examen de educación cívica, que el USCIS permite volver a realizar en un plazo de 90 días. Otras se deben a problemas mucho más complejos, como antecedentes penales, viajes prolongados, cuestiones fiscales o declaraciones falsas, y son precisamente estas las que requieren una atención jurídica minuciosa.
Lo que hace que este panorama resulte aún más complicado en 2026 es un cambio importante en la forma en que el USCIS evalúa a los solicitantes. Un memorándum de política de agosto de 2025 (PM-602-0188) modificó el enfoque de la agencia a la hora de determinar la «buena conducta moral», pasando de lo que había sido una revisión más mecánica, basada en una lista de verificación, a una evaluación más amplia que tiene en cuenta la totalidad de las circunstancias.
Esto significa que los funcionarios del USCIS ahora van más allá de la ausencia de delitos que puedan suponer un motivo de exclusión y valoran activamente tus contribuciones positivas, como la participación en la comunidad, las responsabilidades familiares, los logros académicos, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y tu carácter en general. También significa que los funcionarios disponen de una mayor discrecionalidad para denegar solicitudes basándose en conductas que antes quizá no hubieran suscitado sospechas.
Teniendo esto en cuenta, existen varios mitos persistentes sobre la denegación de una solicitud de naturalización (a la que nos referiremos a lo largo de este artículo como una denegación de la ciudadanía) que confunden a los solicitantes y pueden dar lugar a errores costosos. Separemos los hechos de la ficción.

¿Cuánto tiempo hay que esperar tras la denegación de la ciudadanía para volver a solicitarla?
Una de las preguntas más habituales que plantean los solicitantes tras recibir una denegación es cuánto tiempo tienen que esperar antes de volver a intentarlo.
La respuesta depende del motivo por el que el USCIS denegó la solicitud. La ley no establece un plazo de espera general. Si la denegación se debió a algo que se puede subsanar, como documentación incompleta, no haber superado el examen de inglés o de educación cívica, o un problema que ya se haya resuelto, técnicamente puedes presentar un nuevo formulario N-400 de inmediato. Sin embargo, si la denegación se debió a la falta de buena conducta moral debido a una conducta delictiva durante el período legal, a menudo tiene más sentido esperar hasta que el hecho que da lugar a la inhabilitación quede fuera del plazo de tres o cinco años que examina el USCIS.
Por ejemplo, si la denegación se debió a una única condena penal en los últimos cinco años, esperar a que dicha condena quede fuera del plazo legal y, a continuación, demostrar tu rehabilitación puede mejorar considerablemente tus posibilidades. Presentar la solicitud demasiado pronto, sin haber resuelto el problema subyacente, suele conducir al mismo resultado y supone un desperdicio de la tasa de tramitación.
¿Puedo solicitar la ciudadanía tras una denegación?
Sí, en la mayoría de los casos. Una denegación de la ciudadanía no cierra la puerta de forma definitiva, ni significa que vayas a perder tu tarjeta de residencia.
Tu condición de residente permanente se mantiene intacta a menos que el USCIS descubra que, en realidad, nunca reuniste los requisitos para obtenerla o que cometiste fraude al solicitarla. En esos casos excepcionales, el USCIS podría iniciar un procedimiento de expulsión contra ti, lo cual es una de las razones por las que es fundamental que consultes con un abogado antes de volver a presentar la solicitud si la denegación se debió a antecedentes penales o a declaraciones falsas.
Para la mayoría de los solicitantes, el camino a seguir tras una denegación pasa por una de estas dos opciones: presentar un nuevo formulario N-400 una vez que se haya subsanado el motivo de la denegación, o recurrir la decisión original. Entender cuándo conviene cada opción es fundamental para conseguir el resultado deseado.
¿Se puede recurrir la denegación de la ciudadanía?
Sí. Si considera que el USCIS cometió un error al denegar su solicitud, tiene derecho a solicitar una audiencia presentando el formulario N-336 en un plazo de 30 días naturales a partir de la recepción de la notificación de denegación. Este formulario solicita que otro funcionario de USCIS, que no haya participado en la decisión original, revise su caso. En la audiencia, podrá presentar pruebas adicionales, remitir un escrito jurídico en el que explique por qué la denegación fue errónea y llevar a su abogado especializado en ciudadanía y naturalización para que le represente.
La tasa de tramitación actual del formulario N-336 es de 830 dólares para la presentación en papel y de 780 dólares para la presentación en línea, aunque el DHS ha propuesto aumentos significativos en virtud de una norma publicada en el Registro Federal en junio de 2026. Dichas tasas propuestas aún no han entrado en vigor y siguen en fase de consulta pública, pero el aumento propuesto elevaría la tasa del formulario N-336 a 1.475 dólares en papel.
Independientemente de cualquier cambio en las tasas, el plazo de 30 días para presentar el recurso es inamovible, y incumplirlo suele suponer la pérdida del derecho a recurrir. Si la vista del N-336 no da lugar a una revocación, la única opción que le queda es interponer una demanda ante un tribunal federal de distrito al amparo del artículo 310(c) de la INA, que permite a un juez llevar a cabo una revisión de novo de su solicitud de naturalización.
Una audiencia N-336 resulta más eficaz cuando el USCIS ha aplicado incorrectamente la ley o ha pasado por alto pruebas de tu expediente. Pero, aunque la N-336 no prospere, el proceso no termina ahí.
¿En qué consiste la revisión «de novo» tras la denegación de la ciudadanía?
En virtud del artículo 310(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), tienes derecho a presentar una solicitud ante un tribunal federal de distrito para solicitar una revisión judicial de novo, lo que significa que un juez federal revisa su elegibilidad para la naturalización desde cero, sin estar vinculado a la decisión original del funcionario del USCIS. Se trata de una herramienta muy eficaz que puede dar lugar a un resultado radicalmente diferente, especialmente para aquellos solicitantes cuya solicitud fue denegada por cuestiones relativamente menores durante el periodo de cinco años de buena conducta moral.
Que el camino más adecuado sea una audiencia N-336, una solicitud ante un tribunal federal o la presentación de un nuevo formulario N-400 una vez resuelta la cuestión subyacente depende totalmente de las circunstancias de tu caso. Un abogado especializado en inmigración con experiencia puede evaluar qué opción te ofrece más posibilidades de que se apruebe tu solicitud.
¿Pueden las detenciones sin condena dar lugar a la denegación de la ciudadanía?
Este es uno de los aspectos más malinterpretados de la legislación sobre naturalización.
Una detención que no haya dado lugar a una condena no supone un impedimento automático para obtener la ciudadanía.
Sin embargo, eso no significa que no sea relevante. El formulario N-400 pregunta específicamente si alguna vez ha sido detenido, multado o retenido por algún agente de las fuerzas del orden por cualquier motivo, y el USCIS espera que declare todas las detenciones, incluso si los cargos fueron retirados, desestimados o el caso quedó archivado.
Los funcionarios del USCIS pueden seguir teniendo en cuenta la conducta subyacente a la hora de evaluar la buena conducta moral. Si la detención estuvo relacionada con drogas, alcohol, violencia doméstica o fraude, el funcionario puede formular preguntas detalladas durante la entrevista y solicitar expedientes judiciales o atestados policiales.
Según el memorándum normativo de la GMC de 2025, los funcionarios tienen ahora instrucciones explícitas de analizar la totalidad de su comportamiento, y no solo la presencia o ausencia de condenas formales. Si la conducta relacionada con la detención sugiere un patrón de falta de criterio, o si usted no revela la detención y el USCIS la descubre mediante una comprobación de huellas dactilares, las consecuencias pueden ser graves.
El hecho de no revelar una detención puede considerarse en sí mismo una declaración falsa, lo que constituye un motivo independiente para denegar la solicitud.
En resumen: revela siempre toda la información, lleva siempre a la entrevista las resoluciones judiciales certificadas y recurre siempre a un abogado si tus antecedentes incluyen algún contacto con las fuerzas del orden.
¿Puede la ayuda económica ser motivo para denegar la ciudadanía?
El hecho de recibir ayuda económica, incluidos los préstamos federales para estudiantes o las becas a través de la FAFSA, no afecta por sí mismo a tu solicitud de naturalización.
Sin embargo, esta cuestión suele surgir a raíz de un problema relacionado y mucho más grave: las declaraciones falsas sobre la ciudadanía estadounidense.
Si un extranjero ha marcado la casilla «ciudadano estadounidense» en una solicitud FAFSA, en un formulario de empleo I-9, en una tarjeta de inscripción en el censo electoral o en cualquier otro documento oficial con el fin de recibir una prestación, el USCIS podría considerar ello como una declaración falsa de ciudadanía en virtud del el artículo 212(a)(6)(C)(ii) de la INA.
Una declaración falsa sobre la ciudadanía puede dar lugar a la inadmisibilidad permanente y puede impedir la naturalización al invalidar la constatación de buena conducta moral. Esta consecuencia se aplica incluso cuando la declaración falsa se realizó hace años e incluso si la persona creía que se trataba de un error inofensivo.
En el contexto de la naturalización, los funcionarios suelen preguntar durante la entrevista sobre eventuales declaraciones anteriores de ciudadanía, y el propio formulario N-400 incluye una pregunta sobre si alguna vez has declarado ser ciudadano estadounidense. Las defensas disponibles son muy limitadas, como demostrar que eras hijo menor de edad de un progenitor ciudadano estadounidense y que creías razonablemente que eras ciudadano, o demostrar que te retractaste de dicha declaración a tiempo.
Así pues, aunque la ayuda económica en sí misma no supone ningún problema, la forma en que indicaste tu situación de ciudadanía al solicitarla sí podría serlo. Si tienes alguna duda sobre lo que pudiste haber marcado en formularios anteriores, revisa esos documentos con un abogado antes de presentar el formulario N-400.
¿Puede la estancia ilegal ser motivo para denegar la ciudadanía?
El hecho de haber permanecido en el país más tiempo del permitido por el visado, por sí solo, no te inhabilita para la naturalización si actualmente es residente permanente legal.
Lo que importa para el formulario N-400 es si cumples los requisitos de elegibilidad vigentes:
- Condición de residente permanente legal durante el período requerido.
- Residencia continua.
- Presencia física.
- Buena conducta moral.
Dicho esto, permanecer en el país más tiempo del permitido puede acarrear complicaciones de dos maneras.
En primer lugar, si el USCIS descubre durante el proceso de naturalización que, en realidad, no reunías los requisitos para obtener la tarjeta de residencia que posees —quizás porque la estancia ilegal nunca se resolvió debidamente mediante una exención o una excepción en virtud del artículo 245 de la INA—, la agencia no solo podría denegarte la ciudadanía, sino también iniciar un procedimiento de expulsión.
En segundo lugar, si ocultaste la permanencia ilegal o facilitaste fechas inexactas en tu solicitud de la tarjeta verde o en el formulario N-400, esa falsedad en sí misma puede dar lugar a la denegación.
Para la mayoría de los solicitantes que obtuvieron su tarjeta de residencia a través de una solicitud familiar, el matrimonio con un ciudadano estadounidenseo el asilo, y que hayan regularizado su situación de forma legal, haber permanecido en el país más tiempo del permitido antes de obtener la residencia permanente no suele suponer un obstáculo para obtener la ciudadanía. Pero si no estás seguro de cómo se obtuvo tu tarjeta verde o de si se resolvió adecuadamente una estancia ilegal anterior, esa es precisamente el tipo de pregunta que un abogado especializado en inmigración puede responderte antes de presentar la solicitud.
¿Es una condena por conducir bajo los efectos del alcohol motivo para denegar la ciudadanía estadounidense?
En Massachusetts, los delitos de conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas se tipifican en virtud del artículo 24 del capítulo 90 de la M.G.L. y se denominan OUI (Operating Under the Influence, «conducir bajo los efectos»), aunque el sistema federal de inmigración utiliza el término más amplio de DUI. A la hora de evaluar la buena conducta moral, el USCIS puede tener en cuenta cualquier conducta ocurrida dentro del plazo legal pertinente de 3 o 5 años, independientemente de que haya dado lugar o no a una condena que cumpla los requisitos.
Una única condena por conducir bajo los efectos del alcohol no impide automáticamente la obtención de la ciudadanía.
El Primer Circuito no se ha pronunciado de forma definitiva sobre si una simple infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (OUI) en Massachusetts puede considerarse un delito que implique depravación moral, y la mayoría de los tribunales federales han sostenido que una infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) sin factores agravantes no alcanza ese umbral. Sin embargo, incluso una primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol puede llevar a un funcionario del USCIS a concluir, en el marco de una revisión discrecional, que careces de buena conducta moral, especialmente si se produjo durante el plazo establecido por la ley.
Cómo pueden afectar a tu solicitud de ciudadanía las condenas por conducir bajo los efectos del alcohol
Las consecuencias se agravan considerablemente si se acumulan dos o más condenas por conducir bajo los efectos del alcohol.
En virtud de la resolución de 2019 del Fiscal General en el Asunto de Castillo-Pérez, dos o más condenas por conducir bajo los efectos del alcohol durante el plazo legal dan lugar a una presunción refutable de que el solicitante carece de buena conducta moral. «Refutable» significa que se puede refutar, pero para ello se requieren pruebas sólidas de rehabilitación: haber completado programas de tratamiento del alcoholismo, haber realizado servicios comunitarios, tener un empleo estable, contar con cartas de miembros de la comunidad y demostrar que el comportamiento no ha continuado.
El memorándum normativo del USCIS de agosto de 2025 refuerza este enfoque al indicar a los funcionarios que evalúen exhaustivamente las pruebas de rehabilitación, en lugar de limitarse a constatar la ausencia de nuevos delitos.
Los solicitantes de Massachusetts también deben tener en cuenta que una «suspensión del proceso sin declaración de culpabilidad» (CWOF), que los tribunales de Massachusetts suelen ofrecer en los primeros delitos de conducción bajo los efectos del alcohol (OUI), se considera generalmente como una condena a efectos de la legislación federal de inmigración. Aceptar una CWOF sin comprender sus consecuencias en materia de inmigración puede acarrear problemas que salgan a la luz años más tarde, durante una entrevista de naturalización.
La libertad condicional previa al juicio, prevista en el artículo 87 del capítulo 276 de la Ley General de Massachusetts (M.G.L.), que no implica ninguna admisión de culpabilidad, puede ser un resultado más favorable desde el punto de vista de la inmigración, pero esto debe evaluarse caso por caso junto con un abogado penalista y un abogado especializado en inmigración.
¿Qué otros motivos pueden dar lugar a la denegación de la ciudadanía en 2026?
Además de las cuestiones mencionadas anteriormente, existen otras razones habituales para denegación de la ciudadanía que pillan por sorpresa a los solicitantes:
- Impuestos pendientes de pago o declaraciones no presentadas. Los problemas de cumplimiento tributario durante el período legal pueden suscitar serias dudas sobre la buena conducta moral. El USCIS espera que los solicitantes hayan presentado todas las declaraciones requeridas y hayan resuelto cualquier saldo pendiente o plan de pago antes de presentar la solicitud.
- Incumplimiento del pago de la pensión alimenticia para los hijos o de la pensión compensatoria. El impago de las obligaciones de manutención impuestas por un tribunal constituye un delito y supone un obstáculo directo para que se reconozca la buena conducta moral.
- Inomatrícula en el Servicio Selectivo. Los solicitantes varones que hayan residido en Estados Unidos entre los 18 y los 26 años estaban obligados a inscribirse en el Servicio de Reclutamiento. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a la denegación de la solicitud, especialmente si se presenta antes de cumplir los 31 años.
- Viajes prolongados al extranjero. Cualquier viaje de seis meses o más da lugar a la presunción de que se ha interrumpido la residencia continua, y un viaje de más de un año la interrumpe automáticamente. También se aplican requisitos de presencia física: debe haber estado físicamente en Estados Unidos durante al menos 30 meses (o 18 meses en el caso de los solicitantes que cumplan los requisitos de la regla de los tres años) antes de presentar la solicitud.
- No superar la prueba de inglés o de educación cívica. Esto no supone el fin definitivo de su solicitud. El USCIS programará automáticamente un segundo examen en un plazo de entre 60 y 90 días, y si lo aprueba en el segundo intento, su solicitud seguirá adelante.
Qué hacer si te enfrentas a una denegación de la ciudadanía
Si ya te han denegado la solicitud, el plazo ya ha comenzado a correr. Dispones de 30 días para presentar el formulario N-336 si deseas recurrir, y ese plazo no es flexible. Si la apelación administrativa no prospera, sigue existiendo la posibilidad de una revisión de novo ante un tribunal federal, lo cual puede resultar especialmente eficaz para los solicitantes a los que se les ha denegado la solicitud por cuestiones menores durante el período de buena conducta moral.
Aunque tengas pensado volver a presentar la solicitud en lugar de interponer un recurso, es fundamental que comprendas exactamente por qué el USCIS denegó la solicitud, para que puedas solucionar el problema antes de volver a presentarla.
Si aún no has presentado la solicitud y te preocupan alguna de las cuestiones que se han tratado aquí, lo más recomendable es que un abogado revise tu expediente antes de presentarlo. Muchas denegaciones de ciudadanía se podrían haber evitado, o al menos abordado de otra manera, si el solicitante hubiera resuelto los posibles puntos conflictivos antes de presentar el formulario N-400.
La denegación no es el único riesgo que hay que tener en cuenta: consulta nuestro artículo explicativo sobre la privación de la nacionalidad y sobre si se puede perder la ciudadanía tras haberla obtenido.
Ponte en contacto hoy mismo con el bufete de abogados Brooks en el (617) 245-8090 para concertar una consulta gratuita. Tanto si necesita ayuda para recurrir una denegación, como para preparar su primera solicitud o para comprender cómo sus antecedentes penales, su historial de viajes o su historial de inmigración pueden afectar a su elegibilidad, nuestro equipo puede ofrecerle una evaluación sincera y un plan de acción claro para el futuro.
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