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Arinda Brooks

Arinda Brooks

Fundador Brooks Law
Publicado el: 03/01/2026

Solicitudes y visados para padres: guía para solicitar la tarjeta de residencia


Cómo presentar solicitudes y visados para los padres en Massachusetts

Si eres ciudadano estadounidense y deseas traer a uno de tus padres a Estados Unidos, la ley clasifica a tu progenitor como familiar directo, lo que significa que no hay límite anual de visados ni hay que esperar varios años a que quede un número disponible. Esa es una ventaja significativa con respecto a otras categorías basadas en los lazos familiares, y convierte las solicitudes para padres en una de las vías más sencillas para obtener la tarjeta de residencia. Sin embargo, dos cambios normativos importantes introducidos en 2026 —uno relativo al criterio de «carga pública» y otro sobre la forma en que los funcionarios evalúan las solicitudes de tarjeta verde presentadas desde dentro del país— han hecho que sea más importante que nunca comprender el proceso antes de presentar la solicitud.

La norma sobre «carga pública» que ha regulado las solicitudes de tarjeta verde desde diciembre de 2022 quedará derogada con efecto a partir del 18 de septiembre de 2026. Las solicitudes presentadas o remitidas antes de esa fecha se evaluarán con arreglo al criterio actual, más restrictivo. Las solicitudes presentadas a partir de esa fecha, ya sea para el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o para un visado de inmigrante en un consulado en el extranjero, se rigen por un marco más amplio que otorga a los funcionarios mayor discrecionalidad. Esa fecha límite de presentación es, en estos momentos, la decisión temporal más trascendental del proceso, y es una de las razones por las que conviene consultar con un abogado especializado en inmigración desde el principio.

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Para presentar una solicitud, debes ser ciudadano estadounidense y tener al menos 21 años.

La solicitud comienza con el formulario I-130, «Petición para un familiar extranjero», presentada ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), la agencia federal que tramita las solicitudes de tarjeta de residencia. El formulario I-130 plantea una pregunta: ¿existe una relación familiar que cumpla los requisitos entre usted y su progenitor? No determina si su progenitor recibirá finalmente la tarjeta de residencia. Esa decisión se toma más adelante, ya sea mediante una solicitud presentada desde dentro de los Estados Unidos o a través de una entrevista en una embajada estadounidense en el extranjero.

Solo los ciudadanos estadounidenses pueden presentar una solicitud para sus padres. Los residentes permanentes legales, a veces denominados «titulares de la tarjeta verde», pueden presentar una solicitud para su cónyuge e hijos solteros, pero no para sus padres ni hermanos. Si eres residente permanente y quieres traer a uno de tus padres, primero tendrás que naturalizarte. Además, debes tener al menos 21 años en el momento de presentar la solicitud.

Puedes presentar una solicitud en nombre de tu madre o padre biológico, de un padrastro o madrastra si el matrimonio que dio lugar a esa relación se celebró antes de que cumplieras los 18 años, o de un progenitor adoptivo, siempre que se cumplan unas condiciones adicionales.

El mazo del juez sobre el fondo de la bandera de EE. UU.

El formulario I-130 inicia el proceso, pero el I-864 conlleva un compromiso económico vinculante

Junto con la solicitud I-130, debes presentar el formulario I-864, «Declaración jurada de manutención». El formulario I-864 no es un mero trámite, sino un contrato legalmente vinculante entre usted y el Gobierno federal en el que usted asume la responsabilidad económica de su progenitor. Este compromiso se mantiene hasta que su progenitor obtenga la ciudadanía estadounidense, acumule 40 trimestres de crédito laboral válidos, abandone el país de forma permanente o fallezca.

Los ingresos de tu unidad familiar deben alcanzar o superar el 125 % de las pautas federales de pobreza correspondientes al tamaño de tu unidad familiar, contando tanto a los miembros actuales de la misma como al progenitor al que estás patrocinando. Si tus ingresos por sí solos no alcanzan el umbral, puedes incorporar a un copatrocinador, es decir, otra persona que cumpla de forma independiente el requisito de ingresos y firme su propio formulario I-864 aceptando la misma obligación. El requisito del formulario I-864 no cambia con la derogación de la norma de «carga pública». Independientemente de qué criterio de «carga pública» se aplique a la solicitud de tu progenitor, la obligación económica del solicitante en virtud del formulario I-864 sigue siendo la misma.

Las pruebas que necesitas dependen del tipo de relación entre padres e hijos

El USCIS exige documentación clara que demuestre que el vínculo familiar es auténtico, y los documentos necesarios varían en función de la naturaleza de la relación.

En el caso de un progenitor biológico, la prueba principal es tu partida de nacimiento, en la que figure el nombre de dicho progenitor. Cuando el padre no figura en la partida de nacimiento, el USCIS exige pruebas adicionales que demuestren que existió una relación parental real durante tu infancia, y no solo un vínculo biológico. Por lo general, las pruebas de ADN por sí solas no son suficientes. Las declaraciones juradas, los registros de manutención económica y las pruebas de contacto regular contribuyen a demostrar dicha relación.

En el caso de un padrastro o una madrastra, necesitarás el certificado de matrimonio que demuestre que tu progenitor biológico se casó con el padrastro o la madrastra antes de que tú cumplieras los 18 años, junto con pruebas de que el matrimonio era legalmente válido y de que ambas partes eran libres para contraer matrimonio en ese momento. Un aspecto específico de Massachusetts que conviene conocer: en este estado, un divorcio no es definitivo hasta 90 días después de la orden «Nisi», y volver a casarse durante ese plazo crea un solapamiento técnico que el USCIS podría cuestionar.

Para un progenitor adoptivo, los requisitos son más específicos de lo que la mayoría de la gente espera. Se exige la sentencia definitiva de adopción, pero esta no es suficiente por sí sola. Según la legislación en materia de inmigración, la adopción debe haberse formalizado antes de que cumplieras los 16 años, y el progenitor adoptivo debe haber tenido la custodia legal sobre ti y haber residido contigo de forma conjunta durante al menos dos años. Esa custodia debe derivarse de una resolución judicial formal, no de un acuerdo informal. No es necesario que el período de dos años sea continuo, pero deben cumplirse ambos requisitos: la custodia legal y la residencia física. Hay una norma adicional que suele pillar desprevenidas a las familias: cuando un menor es adoptado legalmente, la adopción rompe la relación paterno-filial con los padres biológicos a efectos de inmigración. Por lo general, un ciudadano estadounidense adoptado no puede solicitar posteriormente la residencia para sus padres biológicos.

Cambios en el plazo relativo a la «carga pública» del 18 de septiembre de 2026: qué criterio se aplica al caso de tus padres

Si tu padre o tu madre se está preparando para solicitar la tarjeta de residencia, ya sea desde dentro de Estados Unidos o a través de un consulado en el extranjero, consulta con un abogado sobre el momento adecuado antes de presentar la solicitud. La norma sobre «carga pública» que rige el caso de tu padre o tu madre depende de cuándo se presente la solicitud, y la fecha límite es el 18 de septiembre de 2026.

El 20 de julio de 2026, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), el departamento federal que supervisa la política de inmigración y del que forma parte el USCIS, publicó una norma definitiva por la que se deroga la normativa sobre la «carga pública» que estaba en vigor desde diciembre de 2022. La derogación entrará en vigor el 18 de septiembre de 2026. Según la norma actual, que seguirá vigente hasta esa fecha, los funcionarios del USCIS solo tienen en cuenta las ayudas en efectivo destinadas al mantenimiento de los ingresos y la institucionalización a largo plazo financiada por el Gobierno a la hora de evaluar si es probable que un solicitante pase a depender principalmente de las prestaciones públicas. La mayoría de las prestaciones no monetarias, incluida la ayuda alimentaria, la mayor parte de la cobertura de Medicaid y los programas de vivienda, no se tienen en cuenta en el marco actual.

A partir del 18 de septiembre de 2026, ese marco restrictivo dejará de existir. La norma de revocación especifica que los funcionarios podrán tener en cuenta la solicitud, la concesión o la percepción por parte del solicitante de prestaciones públicas sujetas a condiciones de recursos a partir de la fecha de entrada en vigor, incluyendo Medicaid, el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) y las ayudas a la vivienda sujetas a condiciones de recursos. Los funcionarios también valorarán la totalidad de las circunstancias del solicitante, incluyendo la edad, la salud, los vínculos familiares, la formación académica y la experiencia laboral. El cambio práctico consiste en que el uso de prestaciones que no se tenía en cuenta según la norma de 2022 ahora podrá considerarse como un factor más entre muchos otros.

Una garantía importante: las prestaciones que tus padres hayan percibido antes del 18 de septiembre de 2026 seguirán evaluándose de acuerdo con la norma de 2022. Según dicha norma, la mayoría de las prestaciones no monetarias no se tienen en cuenta. El nuevo marco se aplica únicamente a las prestaciones percibidas a partir de la fecha de entrada en vigor.

La fecha de presentación de la solicitud determina qué norma se aplica. En el caso del ajuste de estatus dentro de Estados Unidos, se tiene en cuenta la fecha del matasellos o la fecha de presentación electrónica de la solicitud. Para las solicitudes de visado de inmigrante en un consulado en el extranjero, se tiene en cuenta la fecha en que se presente la solicitud de admisión, siempre que sea a partir del 18 de septiembre de 2026. El USCIS también exigirá una edición revisada del formulario I-485 para las solicitudes de ajuste presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor, y se rechazarán las ediciones anteriores del formulario.

Si tus padres se están preparando para presentar la solicitud y se acerca la fecha del 18 de septiembre, es importante que consulten con un abogado sobre el momento más adecuado para hacerlo. Presentar la solicitud antes puede resultar ventajoso en algunas situaciones, pero solo si está completa y bien documentada.

El ajuste de estatus se considera ahora una medida de protección discrecional extraordinaria

Si tus padres tienen previsto solicitar la tarjeta de residencia desde dentro del país, asegúrate de que la solicitud esté completa y bien documentada, ya que el USCIS está aplicando ahora un escrutinio más riguroso a los casos de ajuste de estatus.

El 21 de mayo de 2026, el USCIS publicó el Memorándum de Política PM-602-0199, en el que se ordena a los funcionarios que traten el ajuste de estatus como un beneficio discrecional y una forma extraordinaria de protección, en lugar de un trámite administrativo rutinario. El proceso de solicitud de la tarjeta verde desde dentro del país, conocido como ajuste de estatus, siempre ha sido discrecional, pero este memorándum eleva el listón. Utiliza la terminología de la Junta de Apelaciones de Inmigración, al describir el ajuste como una «gracia administrativa» y afirmar que los solicitantes deben «demostrar de forma activa que merecen un ejercicio favorable de la discrecionalidad». Cuando existen factores adversos, el solicitante necesita lo que el memorándum denomina «circunstancias excepcionales» para superarlos.

El memorándum no establece nuevos requisitos de elegibilidad ni prohíbe a nadie presentar una solicitud. Para los padres que entraron en el país de forma legal y no presentan factores que compliquen su situación, el impacto práctico puede ser limitado. Sin embargo, para aquellos padres cuyo historial incluya una entrada sin inspección, una orden de expulsión previa, una constatación de falsedad en la declaración o antecedentes penales, el memorándum hace que una preparación minuciosa y unas pruebas de respaldo sólidas sean más importantes que nunca.

Por lo general, un progenitor que haya entrado sin autorización no puede regularizar su situación dentro del país.

Antes de presentar la solicitud, comprueba si tu padre o tu madre fueron sometidos a un control y admitidos al entrar en Estados Unidos, ya que esto determina si pueden solicitar la tarjeta de residencia desde dentro del país.

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), la ley federal que regula el sistema de inmigración, establece en su artículo 245(a) que, para solicitar una tarjeta de residencia desde dentro del país, la persona debe haber sido inspeccionada y admitida o haber entrado en libertad condicional en Estados Unidos. Un progenitor que haya cruzado la frontera sin pasar por un puerto de entrada no cumple ese requisito y, por lo general, no puede ajustar su estatus, ni siquiera como familiar directo de un ciudadano estadounidense.

La vía alternativa es el trámite consular, lo que significa que el progenitor abandona Estados Unidos y solicita un visado de inmigrante en una embajada de EE. UU. en su país de origen. Sin embargo, salir del país puede acarrear un problema aparte. Según la legislación en materia de inmigración, una persona que haya permanecido en el país de forma irregular durante más de 180 días, pero menos de un año, y que luego salga del país, se enfrenta a una prohibición de retorno de tres años. Una persona que haya permanecido en el país de forma irregular durante un año o más se enfrenta a una prohibición de retorno de diez años. Estas prohibiciones se activan con la propia salida del país, por lo que las familias que se encuentran en esta situación suelen enfrentarse a una difícil elección entre quedarse sin estatus o marcharse y enfrentarse a una prohibición de varios años.

Una exención provisional por presencia ilegal, presentada mediante el formulario I-601A antes de que el progenitor se desplace a la entrevista consular, puede resolver este problema. Si se aprueba, exime de la presencia ilegal, por lo que la prohibición nunca se aplica. La exención requiere demostrar que se produciría un perjuicio extremo para el cónyuge o progenitor del padre o la madre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. El perjuicio que usted, como hijo o hija solicitante, pueda sufrir no es por sí solo motivo suficiente, aunque puede servir de apoyo al argumento. La elegibilidad de su padre o madre depende de los detalles de su caso, y un abogado puede evaluar las opciones y los riesgos que conlleva.

Una vez aprobado el formulario I-130, el siguiente paso depende del lugar donde vivan tus padres

La aprobación del formulario I-130 confirma que el USCIS reconoce la relación que cumple los requisitos. No concede la tarjeta de residencia. El procedimiento a seguir varía en función de dónde se encuentre tu progenitor.

Si tu progenitor ya se encuentra en Estados Unidos y cumple los requisitos para ajustar su estatus, debe presentar el formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente. Dado que los padres de ciudadanos estadounidenses son familiares directos, el formulario I-485 puede presentarse al mismo tiempo que el I-130, lo que significa que ambos se envían juntos y se tramitan en paralelo. El USCIS concertará una cita para la toma de datos biométricos y, en la mayoría de los casos, una entrevista presencial en la que un funcionario revisará las pruebas de la relación familiar, los documentos financieros y la admisibilidad.

Si tu progenitor se encuentra fuera de Estados Unidos, el expediente pasa al Centro Nacional de Visados (NVC), la oficina administrativa encargada de recaudar las tasas y recopilar los documentos justificativos una vez aprobado el formulario I-130. El NVC recopila el formulario DS-260, la solicitud de visado de inmigrante en línea, junto con documentos civiles como partidas de nacimiento, certificados de matrimonio y certificados de antecedentes penales. Una vez que el expediente está completo, el NVC lo remite a la embajada o al consulado de EE. UU. en el país de origen de tu progenitor. Un funcionario consular lleva a cabo la entrevista para el visado, revisa los documentos originales, formula preguntas sobre la relación y los antecedentes de tu progenitor, y decide si aprueba el visado, lo deniega o lo somete a un trámite administrativo para su revisión posterior.

Una solicitud de pruebas no es una denegación, pero la respuesta debe presentarse de una sola vez

Una «solicitud de pruebas» (RFE) es una notificación por escrito de USCIS en la que se solicitan documentos o datos adicionales que faltaban o eran insuficientes en la solicitud original. Recibir una no significa que tu solicitud vaya a ser denegada. Significa que el funcionario necesita más información antes de tomar una decisión.

Lo que importa es la respuesta. Según la normativa del 8 CFR 103.2(b)(11), la respuesta a una RFE debe presentarse en un único envío. Todas las pruebas solicitadas y justificativas deben enviarse en un único paquete. Cualquier elemento que se omita se considerará renunciado, y el USCIS resolverá el caso basándose en la documentación que tenga ante sí. El instinto de enviar únicamente lo que se ha solicitado específicamente es erróneo en este caso. Si dispone de pruebas adicionales que refuercen el caso, inclúyalas.

Una complicación más grave es la inadmisibilidad. Ciertos motivos, como condenas penales anteriores, fraude migratorio, estancia ilegal o problemas de salud, pueden hacer que una persona no reúna los requisitos para obtener la tarjeta verde. Para algunos motivos existen exenciones disponibles, mientras que para otros no. Una «Notificación de intención de denegación» (NOID) es un aviso de USCIS en el que se indica que tiene previsto denegar el caso, y le brinda una última oportunidad para responder antes de que se emita la resolución. Ambas situaciones requieren una atención inmediata, y el asesoramiento de un abogado puede marcar una diferencia significativa en el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un visado y una tarjeta de residencia?

Un visado de inmigrante permite a tu padre o madre viajar a Estados Unidos y ser admitido en la frontera. Una vez admitido, tu padre o madre pasa a ser residente permanente legal, y la tarjeta verde es el documento físico que acredita esa condición.

¿Cuánto tiempo suele tardar el proceso para traer a uno de los padres a Estados Unidos?

Los plazos varían en función de la vía elegida. La presentación simultánea de los formularios I-130 e I-485 para los padres que se encuentran en el país puede reducir el tiempo de espera total, pero los plazos de tramitación varían según la oficina local del USCIS. En el caso de los padres que se encuentran en el extranjero, la fase del NVC y la programación de citas en la embajada alargan los plazos. Consulta la página de plazos de tramitación del USCIS para conocer las estimaciones más actualizadas.

¿Puedo presentar una solicitud para un padrastro, una madrastra o un padre o madre adoptivo?

Sí, con algunas condiciones. En el caso de un padrastro o una madrastra, el matrimonio que dio lugar a esa relación debe haberse celebrado antes de que cumplieras los 18 años. En el caso de un padre o una madre adoptivos, la adopción debe haberse formalizado antes de que cumplieras los 16 años, y el padre o la madre adoptivos deben haber tenido la custodia legal sobre ti y haber residido contigo durante al menos dos años.

¿Qué es la declaración jurada de manutención?

El formulario I-864 es un contrato legalmente vinculante en el que te comprometes a mantener económicamente a tu progenitor. Los ingresos de tu unidad familiar deben alcanzar el 125 % de las pautas federales de pobreza, y la obligación se mantiene hasta que tu progenitor obtenga la nacionalidad, acumule 40 trimestres de trabajo o se marche de forma permanente.

¿Puede mi padre o mi madre trabajar después de obtener la tarjeta verde?

Sí. La tarjeta verde es la prueba de que tu padre o tu madre está autorizado a trabajar en Estados Unidos. No se necesita ningún permiso de trabajo adicional.

¿Y si uno de mis padres hubiera entrado en el país sin autorización?

Por lo general, tus padres no pueden solicitar la tarjeta de residencia desde dentro de Estados Unidos sin haber entrado legalmente en el país. La alternativa es el trámite consular en el extranjero, pero salir del país puede dar lugar a las prohibiciones de tres o diez años por presencia ilegal. Es posible que se pueda solicitar una exención provisional mediante el formulario I-601A antes de la salida.

¿Deberían mis padres solicitar la tarjeta de residencia antes del 18 de septiembre de 2026?

El criterio de «carga pública» que se aplica depende de cuándo se presente la solicitud, ya sea una solicitud de ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o una solicitud de visado de inmigrante en un consulado en el extranjero. Que tenga sentido presentarla antes depende de las circunstancias de tus padres, y consultar con un abogado es la mejor forma de evaluar esa decisión.

Habla con un abogado sobre el caso de tus padres

Dado que la normativa sobre la «carga pública» cambiará el 18 de septiembre de 2026, el momento en que tus padres presenten la solicitud puede influir en las normas que se apliquen a la misma. Ponte en contacto con Brooks Law Firm hoy mismo para concertar una consulta gratuita, y te ofreceremos una valoración sincera de la situación de tu caso y de cuáles son tus opciones. Llama al (617) 245-8090.

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