Ley de Inmigración y Nacionalidad 245i
INA Sección 245 I
Ajuste de estatus en virtud de la Sección 245(i)
Las personas que entraron ilegalmente en el país o se quedaron más tiempo del permitido pueden obtener la tarjeta verde según la sección 245i. Deben presentar el formulario I-485, pagar la tasa correspondiente y esperar a que se apruebe la solicitud. Una vez que soliciten la exención por presencia ilegal, podrán esperar a obtener la tarjeta verde mientras permanezcan en Estados Unidos.
Antecedentes de la Ley 245i
El Congreso promulgó la sección 245(i) en 1994 para permitir a las personas que entraron sin inspección, se quedaron más tiempo del permitido o trabajaron sin autorización ajustar su estatus sin salir de EE.UU. tras pagar la tasa de penalización. Más tarde, en 2000, una ley denominada Legal Immigration Family Equity (LIFE) adelantó el plazo de presentación al 30 de abril de 2001.
También exigía que los solicitantes estuvieran presentes en Estados Unidos cuando la ley entró en vigor el 21 de diciembre de 2000. Antes de eso, sólo podían acogerse a la sección 245(i) las personas cuya petición de inmigración hubiera sido presentada y aprobada antes del 1 de octubre de 1997. Después de que el Congreso convirtiera la ley en permanente en 1998, fijó nuevos plazos de presentación para los extranjeros patrocinados por empleadores o familiares directos si las peticiones se presentaban antes del 14 de enero de 1998.
La Ley LIFE amplió el plazo y también la ley accesible a otras categorías de inmigrantes. Pero la ley no se ha actualizado en mucho tiempo, lo que significa que las personas que presentaron sus peticiones más recientemente pueden tener dificultades para cambiar su estatus. El Congreso puede optar por eliminar la necesidad de plazos de presentación, lo que eliminará la necesidad de futuras actualizaciones.
Hable con un abogado experto en inmigración para que le ayude en el proceso de adaptación de su estatuto.
¿Puede acogerse al artículo 245i?
Puede solicitar el cambio de estatuto si
- Usted estaba físicamente presente en Estados Unidos
- Tiene pruebas de que estaba presente en EE.UU. el 21 de diciembre de 2000 y de que la petición se presentó entre el 15 de enero de 1988 y el 30 de abril de 2001.
- Un empleador o un familiar directo presenta una petición de inmigración en su nombre
- Ha pagado 1.000 dólares de tasa
- Tiene un visado inmediatamente disponible
- Usted todavía tiene la oportunidad de obtener una tarjeta verde, incluso si:
- La persona que presentó una petición de inmigración en su nombre ha fallecido
- El familiar directo que patrocinaba tu visado se ha divorciado de ti
- El empleador que presentó el certificado laboral o el formulario I-140 quiebra.
- El empleador patrocinador o peticionario no puede mantener la solicitud o petición de certificación laboral
- El empleador o el peticionario decide retirar la petición o la certificación laboral
Si la solicitud se hizo de la manera correcta, no tiene que preocuparse de que el proceso no se complete. Afortunadamente, sus familiares directos no tienen que demostrar que estaban presentes en Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000.
¿Por qué necesita un abogado de inmigración?
Dado que el proceso de inmigración es complicado, necesita un abogado con experiencia y un profundo conocimiento de la ley de inmigración. Un abogado de inmigración con experiencia puede guiarle a través del proceso de ajuste de estatus, y ayudarle a reunir los documentos y pruebas que necesita en su caso. Un abogado puede ayudarle a aumentar las posibilidades de que aprueben su solicitud.